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Normativa

Plan Auto+ 2026 + deducción IRPF: qué cubre y cómo gestionarlo con tu cliente

Análisis del marco normativo de ayudas tras el fin del Plan MOVES III. Qué cubre el Plan Auto+ 2026, qué cubre la deducción IRPF 15% hasta diciembre 2026, y cómo presentarlo al cliente sin generar falsas expectativas.

Equipo Formacarga6 min de lectura

El Plan MOVES III terminó el 31 de diciembre de 2025. Lo que le sigue no es una prórroga sino un cambio estructural: el Plan Auto+ 2026 cubre vehículos, no puntos de recarga. La deducción IRPF del 15% cubre instalaciones en vivienda particular, pero solo hasta diciembre 2026. Si tu cliente entra en la reunión esperando "la ayuda del MOVES", tienes trabajo que hacer antes de hablar de esquemas y SPL.

El fin del Plan MOVES: qué significa en obra

El Plan MOVES III fue el instrumento de tracción del mercado entre 2021 y 2025. Dotó con hasta 70% de subvención en instalaciones de puntos de recarga para flotas y comunidades, y fue el argumento de venta que usaron cientos de instaladores para cerrar proyectos que de otro modo habrían tardado años más.

Con su extinción en diciembre de 2025, el mercado entró en un período de reajuste. Los clientes que en 2023 te decían "esperamos a la próxima convocatoria" ahora no tienen próxima convocatoria a la vista para puntos de recarga. Ese cambio de expectativa es el problema real que tienes que gestionar.

Qué cubre el Plan Auto+ 2026

El Plan Auto+ 2026 fue aprobado por Real Decreto-Ley 7/2026 con una dotación de 400 millones de euros. Cubre exclusivamente la compra de vehículos eléctricos, con estas condiciones principales:

  • Etiqueta CERO obligatoria
  • Precio máximo 45.000 € sin IVA
  • Hasta 4.500 € de ayuda directa en turismos M1
  • Aportación mínima obligatoria del concesionario: 1.000 €
  • Compatible con la deducción IRPF 15% por compra de vehículo (hasta 3.000 €)
  • Retroactivo desde 1 de enero de 2026
  • Ventanilla telemática prevista para mayo-junio 2026

Lo que NO cubre: infraestructura de recarga, puntos de carga individuales, ni instalaciones colectivas en comunidades de propietarios. Si un cliente llega con un presupuesto de instalación esperando aplicar el Plan Auto+, la conversación empieza mal.

Qué cubre la deducción IRPF 15%

Prorrogada por Real Decreto-Ley 3/2025 hasta el 31 de diciembre de 2026, esta deducción SÍ aplica a instalaciones de puntos de recarga, con estas condiciones:

  • Base máxima deducible: 4.000 €
  • Deducción real máxima: 600 € (el 15% de 4.000 €)
  • Quién puede aplicarla: personas físicas en viviendas particulares no afectas a actividad económica
  • Qué no cubre: comunidades de propietarios como entidad, flotas de empresa, instalaciones en inmuebles comerciales o afectos a actividad

Para instaladores que trabajan con particulares, este es el argumento más sólido que existe a fecha de hoy: "la instalación te sale a 1.800 €, la deducción te devuelve hasta 270 € en la declaración de renta". No es el MOVES, pero es real y verificable.

Cómo presentarlo al cliente sin generar falsas expectativas

La trampa más frecuente: usar el lenguaje del MOVES ("hay una ayuda del gobierno") sin especificar de qué se trata. El cliente entiende lo que quiere entender, y luego aparece en la junta de vecinos diciendo que hay subvención directa cuando no la hay.

Pauta práctica para la primera reunión:

  1. Separa vehículo de infraestructura desde el primer minuto. El Plan Auto+ es para el coche, no para el punto. Si el cliente habla de puntos de recarga, la ayuda aplicable es la deducción IRPF.

  2. Califica al cliente antes de hablar de deducción. ¿Es persona física? ¿Uso en vivienda particular no afecta a actividad económica? ¿Tiene cuota de IRPF suficiente para aprovecharla? Si es comunidad de propietarios como entidad, la deducción no aplica.

  3. Cuantifica la deducción sin sobrevender. "Hasta 600 € de ahorro en la declaración" es correcto y honesto. "El gobierno te devuelve 600 €" puede crear expectativas incorrectas si el cliente no tiene suficiente cuota.

  4. Nombra la deducción con precisión. "Deducción IRPF artículo 68.1.d de la Ley 35/2006, prorrogada por RDL 3/2025 hasta diciembre 2026." Este nivel de precisión diferencia a un instalador formado de uno que repite lo que leyó en LinkedIn.

  5. Avisa de la caducidad. La deducción termina el 31 de diciembre de 2026 salvo nueva prórroga. Si el cliente tiene previsto instalar en 2027, la foto normativa puede ser diferente.


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